Dentro del Sistema, fuera de la profesión
Hace unos días seguí (a toro pasado) un debate en el que participaban
@NavarroLlobre, @hendirx_bcn, @nachosantas @luisegeas y @mimanro y que empezaba
(por lo que puede seguir) con este twit de Belen Navarro “Supeditar todas las prestaciones de #serviciossociales
a intervención es que todas las familias están 'averiadas'. El neoliberalismo
cala” (https://twitter.com/NavarroLlobre/status/837603391148863488
). A partir de aquí hubo un cierto debate sobre si las prestaciones económicas
debían estar “fuera” o “dentro” de los servicios sociales.
Un tema tan complejo, tan
necesitado de matices, no es fácil de resolver mediante 140 caracteres, por
largo que sea el hilo. Así que el debate ha continuado mediante diversas entradas
en blogs: primero fue Nacho Santas que en su blog Pasión por el trabajo social ofrecía
sus argumentos aquí,
después ha sido Belén Navarro que nos ofrece sus argumentos aquí y hoy,
finalmente, ha sido Manuel Aguilar que en lleiengel.cat nos ofrece su visión aquí.
Llevaba un tiempo deseando
activar este blog, que nunca acabó de arrancar, y me ha parecido que me podía
sumar al debate porque pienso que, en todas las aportaciones, siendo distintas,
hay elementos interesantes.
Tal como señalan Nacho
Santas y Manuel Aguilar es fundamental diferenciar los servicios sociales del
trabajo social; de hecho, Belén hizo hace poco una entrada muy
ilustrativa (ver).
Los servicios sociales son un sistema complejo, que va más allá de la práctica
del trabajo social, y como tal sistema complejo puede tener una amplia variedad
de prestaciones: técnicas y económicas, como señala Manuel Aguilar, pero
añadiría también, entre las económicas algunas que van aparejadas a la
intervención social y otras responden directamente al reconocimiento de
derechos.
Si realmente nos creemos que
el sistema de servicios sociales reconoce derechos subjetivos a la ciudadanía,
como muchas de las últimas leyes autonómicas han recogido, deberíamos reconocer
que puede haber prestaciones que se concedan por el simple cumplimiento de
algunas condiciones. Por ejemplo, la Seguridad Social distingue entre prestaciones
“automáticas” como las pensiones de jubilación que requieren el cumplimiento de
ciertos requisitos que son comprobados en un procedimiento administrativos y
otras que requieren de una valoración técnica, las pensiones por incapacidad.
Pienso que nadie duda que ambas deben estar ubicadas en el sistema que están:
seguridad social.
Otra cuestión es plantearnos
qué dificultades parece haber para que l@s profesionales del trabajo social (y de la educación social) se
incorporen a los distintos sistemas: existen en el sistema sanitario, en el
educativo e, incluso, en el penitenciario, pero parece que está costando que
sean reconocid@s como profesionales necesarios en sistemas como el de vivienda
o de la ocupación. La falta de incorporación de profesionales sociales en estos
sistemas y la necesidad de ofrecer acompañamiento social a algunas de las
personas que son atendidas por estos sistemas ha llevado a derivar a las
personas a servicios sociales, en vez de crear la figura en el lugar adecuado.
En Catalunya la ley sobre la
pobreza energética y habitacional ha saturado los servicios sociales con el
encargo de hacer unos informes que, simplemente, reflejen si se cumplen unos
parámetros económicos fijados por la ley: no conozco ningún@ profesional de los
servicios sociales básicos que no critique esa medida, no porque no sea
necesario que las personas tengan una orientación social sino porque se han
diseñado de tal manera que l@s profesionales no aportan ningún valor
añadido.
Los servicios sociales aún
no han conseguido deshacerse de esa carga de valorar y someter a escrutinio a
las personas a las que atienden cuando solicitan apoyo, ayuda o asesoramiento. Ahí
coincido con la afirmación que iniciaba el debate: si todas las prestaciones deben ir
acompañadas de intervención social se presupone que toda persona que se dirige a
los servicios sociales hace “algo mal” y requiere reconducir su conducta
(reparar la avería se sugería en el hilo).
Desde mi perspectiva, antes
incluso que redefinir y clarificar el objeto de los servicios sociales (crucial, sin duda, para avanzar) es necesario que dejemos de ver a las personas como
presuntos mentirosos a los que hemos de someter a un escrutinio exhaustivo
antes de ayudarles a cubrir, incluso, necesidades básicas.
Estoy más en la línea
planteada por Nacho Santas que no es necesario desplazar prestaciones
económicas fuera del sistema de servicios sociales sino redefinir qué
prestaciones requieren de intervención social, es decir cuáles de las
prestaciones económicas deben ser complementarias a las prestaciones “técnicas”
y cuáles deben ser reguladas y asignadas en función de criterios y
procedimientos administrativos, sin más intervención de los profesionales de la
intervención social. Pero, a la vez, también pienso que hay algunas
prestaciones que no deberían estar en los servicios sociales, sino que los
correspondientes sistemas deberían contar con profesionales sociales para ofrecer
el asesoramiento y, en su caso, el vínculo con el sistema de servicios sociales
a las personas que presenten determinadas circunstancias.
En síntesis, se trataría,
más que hablar de “dentro o fuera”, debatir sobre en qué casos el/la
profesional social aporta un valor añadido a una determinada prestación: en el
caso que ese valor exista, debe plantearse un procedimiento que ponga de
relieve ese valor, lo que significa que la valoración profesional debería ser
realmente vinculante. Y para aquellas prestaciones en las que el rol del
profesional social no aporta valor añadido, se opte por un procedimiento más administrativo
dentro del propio sistema. Sin olvidar que aquellas prestaciones cuyo objetivo
está directamente vinculado con otros sistemas (vivienda, garantía de ingresos,
ocupación) deberían gestionarse desde esos sistemas, con la participación de
profesionales del ámbito social, sin duda, pero como se suele decir “que cada
palo aguante su vela”.
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